El Gobierno Municipal de Villalonga, reunido para tomar medidas preventivas, para evitar la propagación del Covid-19 entre sus empleados públicos y los vecinos de Villalonga, ha decidido por unanimidad de los asistentes, adoptar las siguientes instrucciones atendiendo a las recomendaciones de las autoridades sanitarias:
I. Aplicar las medidas recomendadas por las autoridades sanitarias establecidas por la Orden SND/458/2020 de 30 de mayo.
II. Reactivar la actividad laboral del empleado público del Ayuntamiento de Villalonga..
III. Activar la atención presencial a los vecinos de Villalonga mediante cita previa.
En los servicios de atención al público presencial, se establecen los siguientes horarios:
Lunes, Martes, Miércoles, Jueves y Viernes de 09.00 a 14.00 h. en el Ayuntamiento de Villalonga, siempre con Cita Previa que el vecino o usuario podrá solicitar a través de:
1) Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villalonga
2) Por teléfono a través del teléfono 96 280 50 04
3) Dirigiéndose de forma presencial en el Ayuntamiento al nuevo Punto de Información habilitado para estas tareas.
En los servicios de atención al público presencial, se recomienda:
- Evitar el contacto cercano/directo (se recomienda mantener dos metros de distancia). Se deberán colocar carteles informando de la medida preventiva de distancia y bandas en el suelo que avisen del distanciamiento.
- Tomar las medidas de desinfección oportunas de las herramientas, (bolis, lápices, teclados…) que se puedan compartir con la ciudadanía.
- El acceso a las dependencias de los diferentes departamentos será de forma individual o para miembros de una misma unidad familiar.
Medidas concretas en las dependencias que por motivos de prestación de servicios esenciales y básicos para el funcionamiento de la sociedad:
- Limitar el aforo de personas en el interior de las dependencias, siendo el mínimo posible en general. El resto de personas que tengan cita previa tendrán que permanecer, en la nueva sala de espera habilitada y deberán ser guiados por un empleado público que corresponda hasta la dependencia del departamento correspondiente.
- Se extremará la higiene de manos como medida principal de prevención y control de la infección, siendo el agua y jabón es lo más recomendable, o bien productos de base alcohólica.
En los servicio de atención domiciliaria, se establecerán además de las anteriores, cuantas otras medidas preventivas necesarias se requieran, previamente evaluadas por el/la responsable del Servicio y el Servicio de Prevención.
IV. Personal con funciones de atención al público y atención domiciliaria.
En los servicios de atención al público se priorizará la atención telefónica y telemática.
V. Reuniones con personal externo y reducción de visitas
Para las reuniones de trabajo, se fomentará el uso de la videoconferencia u otros medios alternativos.
VIII. Accesos a edificios públicos y centros de reunión
Se controlará el acceso de personal que no resulte imprescindible en Salas de reunión y despachos.
Se estudiará por al órgano competente las cesiones de espacios públicos municipales para reuniones de vecinos, asociaciones u organizaciones en los Edificios Municipales que deberán ser siempre previamente autorizadas.
X. Modalidad no presencial de trabajo: Teletrabajo como medida organizativa.
En aquellos supuestos en el que el servicio así lo permita y sea autorizado por responsable de RRHH y previa organización del área para no afectar a los servicios mínimos, y con carácter excepcional, se podrá adoptar la decisión de implantar el teletrabajo como medida organizativa. Ésta tendrá que revertirse en el momento en que dejen de concurrir aquellas circunstancias excepcionales que la motivaron.
El personal del Ayuntamiento de Villalonga que pertenezca al grupo de población de riesgo o sean personal especialmente sensibles (de acuerdo con las instrucciones de las autoridades sanitarias) tendrá preferencia para acogerse al teletrabajo.
Esta medida temporal no supondrá una reducción derechos profesionales (salario, jornada incluido el registro de la misma, descansos, etc.).
XI. Horarios y turnos de trabajo de los empleados públicos municipales
Serán los establecidos por Mesa General de Negociación y establecido en Decreto 0159/2020 de 28 de febrero, para los diferentes Servicios Municipales.
XIII. Entrega de equipos de protección individual
El Ayuntamiento de Villalonga pondrá a disposición de todo su personal cuantos equipos de protección individual sean necesarios para el desarrollo de sus funciones de acuerdo con las indicaciones de las autoridades sanitarias y del servicio de prevención.
XIV. Otras medidas preventivas.
El Ayuntamiento de Villalonga adoptará cuantas otras medidas preventivas de carácter colectivo o individual sean necesarias siguiendo las indicaciones y recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias.